El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el calendario de fiestas laborales para el año 2010.
De acuerdo con las facultades que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma, se mantienen como fiestas de ámbito autonómico la Epifanía del Señor, el Día de Andalucía y el Jueves Santo, a las que se suman las nueve de ámbito nacional.
De este modo, la relación queda como sigue:
1 de enero (viernes), Año Nuevo
1 de enero (viernes), Año Nuevo
6 de enero (miércoles), Epifanía del Señor
1 de marzo (lunes), por traslado del Día de Andalucía
1 de abril, Jueves Santo
2 de abril, Viernes Santo
1 de mayo (sábado), Fiesta del Trabajo
16 de agosto (lunes), por traslado de la fiesta de la Asunción de la Virgen
12 de octubre (martes), Fiesta Nacional de España
1 de noviembre (lunes), Todos los Santos
6 de diciembre (lunes), Constitución Española
8 de diciembre (miércoles), Inmaculada Concepción
25 de diciembre (sábado), Natividad del Señor
A estas doce fiestas laborales se añaden las dos de carácter local que cada municipio debe proponer a la Consejería de Empleo.
A estas doce fiestas laborales se añaden las dos de carácter local que cada municipio debe proponer a la Consejería de Empleo.
Todas ellas tienen carácter retribuido y no recuperable.